Liquidez necesaria en el momento preciso.
Es aquel que otorga la Cooperativa para cubrir necesidades de los Asociados, sin que éstos tengan la obligación de darle una destinación específica y por tanto no requerirán justificar el crédito.
Es aquel que otorga la Cooperativa para cubrir necesidades de los Asociados, sin que éstos tengan la obligación de darle una destinación específica y por tanto no requerirán justificar el crédito. Es amortizado con las primas legales y extralegales, excepto prima de vacaciones, bonificaciones y prima de antigüedad. En este Crédito solamente se pagan los intereses semanalmente, hasta la fecha de vencimiento, que se paga el capital.
TOPE MÁXIMO:
Hasta 60 SMMLV
PLAZO MÁXIMO:
Hasta 48 quincenas o 24 meses.
GARANTÍAS:
Hasta 4 SMMLV: Garantía personal del Asociado y libranza sobre sus prestaciones sociales y salarios para Asociados con pago por deducción de nómina.
Más de 4 y hasta 60 SMMLV: Libranza sobre salarios y prestaciones sociales, si es del caso, y garantía personal del Asociado y de un deudor solidario o si prefiere, del Fondo de Garantías de Antioquia.
REQUISITOS:
Además de los requisitos generales exigidos en el artículo 6 de este Reglamento, para el crédito crédiprimas se necesita autorizar la consulta de la capacidad de pago al Área de nómina de Comfama o de la empresa donde labora el Asociado.